FUENTE: elcomercio.com
En la Asamblea Nacional, la mayoría opositora cree que el presidente Guillermo Lasso no tiene argumentos para sustentar alguna de las tres causales para decretar la muerte cruzada.
Representantes de la Izquierda Democrática (ID), Pachakutik (PK) y Partido Social Cristiano (PSC) consideran que, si bien Lasso puede decretar la disolución del Legislativo, no hay sustentos para su decreto.
El correísmo no solo impulsa el juicio político en contra del Primer Mandatario también pide que el Ejecutivo active ese mecanismo. Para la asambleísta de esta tienda política, Viviana Veloz, la única causal que podría invocar sería la de grave conmoción interna.
Las causales a las que puede recurrir
El artículo 148 de la Constitución establece tres causales para que el Ejecutivo decrete a disolución de la Asamblea (Muerte Cruzada):
La Asamblea se arrogue funciones que no le competan constitucionalmente
Legislativo obstruya la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.
Grave crisis política y conmoción interna.
De las tres, solamente la primera requiere de un dictamen previo de la Corte Constitucional (CC). El resto solo depende del Presidente. Sin embargo, como lo plantea la constitucionalista Pamela Aguirre, es necesario que justifique y motive de forma adecuada por qué se configura cualquiera de las dos causas que no requiere pronunciamiento de la CC.
Por ejemplo, la misma asambleísta Veloz (UNES) dice que las muertes violentas debido a los niveles de inseguridad que vive el país es razón suficiente para argumentar la conmoción interna.
Sin embargo, Aguirre explica que ya hay pronunciamientos de la CC sobre qué se considera grave conmoción interna y, tras los decretos de estado de excepción emitidos por el Gobierno por ejemplo, se ha establecido que la inseguridad no lo es.
Los asambleístas Mario Ruiz, coordinador del bloque de PK y Ramiro Narváez, de la ID, coinciden en que no hay argumentos para justificar la causal del bloqueo al cumplimiento del Plan de Desarrollo.
Ambos recuerdan que han existido leyes de iniciativa del Ejecutivo que han sido aprobadas en la Asamblea. Una de las últimas, por ejemplo, fue la Ley de Transformación Digital.
Hay que recordar que el Ejecutivo no ha enviado sus reformas laborales, ofrecidas desde el inicio de su gestión. Sin embargo, eso no puede interpretarse como un bloqueo ya que, hasta el momento, el proyecto no ha llegado al Legislativo.
Pero, para el experto en Derecho y analista político, Esteban Ron, esta sería la causal a la que podría recurrir el Ejecutivo. Dice que el Plan Creando Oportunidades tiene ejes, entre ellos, trabajo, paz (seguridad) y educación.
Según Ron, por ejemplo, se puede interpretar como un bloqueo el que la Asamblea no haya dado paso a cambios legales que hubiesen permitido un régimen paralelo para generar trabajo. En cuanto a seguridad, podría argumentar las demoras en el tratamiento de leyes sobre este tema.
En este escenario, legisladoras como Nathalie Viteri, del PSC, consideran que no hay causales para emitir el respectivo decreto. El martes pasado en Ecuavisa, la Asambleísta dijo que la Muerte Cruzada no le conviene a ninguna de las partes.
Su declaración no es cosa menor. Ella apuntó un hecho clave: en caso de ir a elecciones nuevamente, con la crisis política y de seguridad, es poco probable que los actuales asambleístas y Gobierno se reelijan.
¿Qué podría pasar tras el decreto?
El asambleísta Mario Ruiz anticipa que, en caso de que Lasso decrete la muerte cruzada, acudirán a la CC para que se pronuncie sobre esa decisión.
La experta Pamela Aguirre dice que es posible que se realice un control constitucional. Para eso se requeriría de una demanda de acción pública de inconstitucionalidad de actos administrativos con efectos generales.
Ese recurso les permitiría a quienes la presenten, que sea directamente la CC la que resuelva. Esto porque también se podría presentar una acción e protección.
Sin embargo, eso debe pasar por al menos dos instancias previas, antes de llegar a la Corte Constitucional.
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