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Veto va a la Corte Constitucional y a terreno incierto en la Asamblea.



Con más dudas que certezas, periodistas y representantes de gremios abandonaron este 24 de agosto de 2022 el Palacio de Gobierno, después de conocer el veto parcial del Ejecutivo a las reformas a la Ley de Comunicación. El pedido de los gremios era un veto total.


¿Con qué votos? Fue la pregunta que eludieron responder el secretario Jurídico de la Presidencia, Fabián Pozo; el secretario General de Comunicación, Leonardo Lasso, y el coordinador del bloque oficialista, Juan Fernando Flores.


La interrogante fue puesta sobre la mesa por el director de la Asociación de Editores de Periódicos (Aedep), Francisco Rocha. En la Asamblea opera una mayoría opositora que no da paso a las propuestas de Carondelet.


El documento, que contiene 17 objeciones por inconstitucionalidad y 34 por “inconveniencia”, llegó a la Asamblea al mediodía. “Este es un punto que vamos a colocar dentro de la mesa de negociación o de diálogo con las otras bancadas”, dijo el asambleísta Flores.


Jessica Castillo, Pachakutik, dijo que su bancada irá por el archivo. Frente al veto, la Asamblea tiene dos opciones: ratificarse en el proyecto inicial (92 votos) o allanarse a las observaciones (con 70 votos), algo que ningún bando lograría.


Paola Cabezas, del correísmo, fustigó las objeciones y aseguró que “la Ley no es mala ni una mordaza”. Entre las objeciones parciales consta suprimir la “participación excesiva” de la Defensoría del Pueblo, en el control a la prensa, a través de mecanismos como las defensorías de las audiencias y remover la potestad reglamentaria del Consejo de Comunicación.


Mientras que, la eliminación de la opinión como contenido comunicacional, la regulación de la información falsa y la posibilidad de que se apliquen sanciones “en el ámbito civil o de cualquier otra índole” son parte de las 17 objeciones por inconstitucionalidad.


“Es casi un veto total”, aseguró el Secretario de Comunicación, en referencia a que el texto afecta a 51 de las 69 disposiciones de la reforma aprobada por el correísmo y Pachakutik el 21 de julio pasado.


Ahora la norma queda supeditada a la Asamblea y de los jueces de la Corte Constitucional (CC).


Distribución de frecuencias


En la norma vigente la asignación de frecuencias a medios comunitarios es del 34% y el sector público no puede exceder el 10%, lo que implica que el sector privado tiene una disponibilidad de participación del 56%. El Ejecutivo catalogó como inconstitucional que con el proyecto aprobado se disminuyera en más del 40% la posibilidad de participación para medios privados en la asignación de frecuencias, y se priorice que medios públicos obtengan mayores espacios de comunicación que estarán a cargo del Gobierno de turno. Demuestra la finalidad del proyecto de reducir la participación de medios de comunicación privados, lo cual propende a la restricción indirecta de información que puede resultar incómoda al poder público, señaló.


Responsabilidad ulterior


Es inconstitucional  establecer que un medio de comunicación sea responsable “en el ámbito civil o de otra índole” cuando los contenidos difundidos sean asumidos expresamente por el medio o no se hallen atribuidos explícitamente a una persona. Esto puede llegar a la imposición de sanciones penales que son violatorias al derecho a la libertad de expresión, o administrativas tendientes a la sanción del medio de comunicación, menciona el veto presentado. El Ejecutivo considera que el texto de la Asamblea vulnera el Derecho a la libertad de expresión, seguridad jurídica, legalidad y de mínima intervención penal. El secretario General de Comunicación, Leonardo Laso, señaló que la ronda de socialización del veto fue potente.


Derecho a la verdad


El texto propuesto  por la Asamblea establece que: “El Estado debe garantizar el derecho a la verdad de todos los ecuatorianos, queda prohibida la difusión de toda información falsa”.


Pero el Ejecutivo precisó que: El derecho a la verdad ha sido mal interpretado en diversas ocasiones, pues se lo ha entendido como que es necesario que exista alguien que determine que una información es veraz e imparcial; sin embargo, este derecho comprende la existencia de varias fuentes de información que permitan a toda persona formarse a su propia conclusión sobre el valor de la información que recibe. El secretario General Jurídico de la Presidencia, Fabián Pozo, señaló que el veto es un compromiso cumplido por el Presidente de la República.


Opinión


El Ejecutivo catalogó como inconstitucional que la Legislatura pretenda eliminar a la opinión dentro de lo que la norma considera contenido comunicacional. Señaló que: “La información y la opinión son manifestaciones protegidas bajo el umbral del derecho a la libertad de expresión; sin embargo, el alcance frente a cada una difiere. Por un lado, la información es un conjunto de datos que reflejan la descripción de sucesos o hechos objetivos. Por otro, la opinión es una expresión ideológica, personal o colectiva que no retrata un hecho, sino que interpreta desde un punto de vista subjetivo y, por lo mismo, no está sujeta a los mismos parámetros que la información”. Ahí consta la definición del derecho a la libertad de pensamiento, expresión y opinión.


Panorama


Si la Asamblea Nacional no logra sumar los votos para allanarse o ratificarse en el texto, la reforma a la Ley de Comunicación (LOC) entrará en vigencia conforme a las objeciones de Carondelet.

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